| Manifestación de Interés para ser anfitrión de futuras cumbres
En 2015, los Gobiernos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de Alemania, iniciaron una serie anual de Cumbres Ministeriales Mundiales sobre Seguridad del Paciente con el fin de aumentar el perfil de la seguridad del paciente al más alto nivel político como un esfuerzo mundial. Las Cumbres reúnen a ministros de sanidad, delegados de alto nivel, expertos y representantes de organizaciones internacionales para identificar soluciones escalables y sostenibles al reto de asegurar la seguridad de los pacientes durante la atención de salud. La Cumbre se celebra cada año en un país diferente.
Se han celebrado con éxito cinco Cumbres en: Londres (2016), Bonn (2017), Tokio (2018), Yeda (2019), y Montreux (2023) acogidas por los respectivos gobiernos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha participado estrechamente como socio estratégico y colaborador en esta iniciativa desde el principio.
En 2017 se constituyó un Comité Directivo para las Cumbres Ministeriales Mundiales sobre Seguridad del Paciente con el fin de proporcionar supervisión estratégica y dirección para la sostenibilidad de nuevas Cumbres anuales de manera exitosa en todas las regiones del mundo. Entre los miembros del Comité figuran los países que han celebrado Cumbres anteriores, el anfitrión actual de la próxima Cumbre y la OMS. Las Cumbres suelen celebrarse en los cuatro primeros meses del año.
Para más información sobre los antecedentes, datos relevantes e informes de Cumbres anteriores, visite: https://www.who.int/teams/integrated-health-services/patient-safety/policy/global-ministerial-summits-on-patient-safety
Este documento proporciona directrices a los países interesados en acoger una Cumbre en los próximos años. Establece las normas y requisitos previos relativos a una manifestación de interés, el procedimiento que se seguiría en la selección de un país anfitrión y las obligaciones del anfitrión una vez seleccionado.
La presentación de una Manifestación de Interés (MI) para acoger una Cumbre representa la aceptación de estas normas y procedimientos, así como de las obligaciones que se derivan de una selección satisfactoria.
Este documento no es vinculante. En su calidad de Secretaría del Comité Directivo de la serie de Cumbres, la OMS no asume más compromiso que el de recopilar y cotejar las solicitudes de MI.
1.- Criterios de admisibilidad
Deben cumplirse los siguientes criterios para poder presentar una solicitud de MI:
– Compromiso del país de dar prioridad a la acción en materia de seguridad del paciente, junto con logros demostrables en relación con la seguridad del paciente a escala nacional y/o mundial.
– Un firme compromiso político para acoger una Cumbre a través del Ministerio de Sanidad competente.
– Un compromiso para trabajar con el Comité Directivo de la serie de Cumbres y colaborar con otros socios mundiales para hacer de su Cumbre mundial un acontecimiento exitoso.
– Consideración de las implicaciones de recursos para acoger una Cumbre de acuerdo con el propio plan del país para la Cumbre.
– El país postulante debe ser un estado miembro de la OMS.
2.- Procedimiento
2.1.- Un país interesado en acoger una Cumbre debe presentar una solicitud MI en el formato que se entrega (Enlace al Formulario de manifestación de interés).
2.2.- A continuación, se indica el calendario para la presentación y tramitación de una manifestación de interés:
– La manifestación de interés debe presentarse en la página web de la Cumbre o enviarse al correo de contacto (psschile@appminsal.cl) de la Cumbre al menos 7 meses antes de la Cumbre, de preferencia un año antes de la próxima cumbre.
– Una vez recibida la MI, el Comité Directivo revisará la(s) propuesta(s) en un plazo máximo de un mes posterior a ser recibida. En caso necesario, el Comité podrá pedir al solicitante o solicitantes que faciliten más información.
– Si se reciben una o varias MI, el Comité Directivo de la serie de Cumbres recomendará al país anfitrión actual los posibles países anfitriones para acoger la próxima Cumbre.
– La decisión final del próximo anfitrión de la Cumbre recaerá en el país anfitrión.
– La confirmación del próximo anfitrión se comunicará al Comité Directivo 3 meses antes de la Cumbre en curso.
3.- Obligaciones del anfitrión
En caso de que el solicitante tenga éxito y sea seleccionado para albergar una Cumbre («Anfitrión»), las siguientes son las obligaciones y compromisos del Anfitrión:
3.1.- Compromiso financiero
– Los recursos financieros para la organización de la Cumbre serán responsabilidad del Anfitrión.
3.2.- Compromiso organizativo
– La organización de la Cumbre corresponde al país anfitrión.
3.3. Desarrollo del programa
– El anfitrión deberá tener en cuenta las aportaciones y recomendaciones del Comité Directivo para el desarrollo del programa, incluida la selección de exponentes.
3.4. Selección del próximo país anfitrión
– Teniendo en cuenta las recomendaciones del Comité Directivo, tal y como se indica en el proceso anterior, el anfitrión actual es responsable de garantizar el compromiso y la confirmación del próximo país anfitrión.